Descargue Carmesí

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jueves, 29 de junio de 2023

La Tv en Colombia

 El pasado 13 de junio, cuando se cumplieron 69 años del encendido de la televisión en Colombia, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) publicó el documento: “Actualización Normativa en Materia de Contenidos: Participación Ciudadana y Protección y Defensa del Televidente”. En esta columna plantearé algunas inquietudes que me genera la investigación, especialmente, la motivación y el diseño. En la próxima revisaremos algunas de las conclusiones del estudio.

 

En el documento publicado en la página de la CRC se afirma que, “el 97% de los hogares en Colombia cuenta con un televisor y cerca al 72% de estos consumen televisión (TV) bajo la modalidad de suscripción”. Esto indicaría que cada vez son menos los usuarios de televisión abierta, es decir la que llega por antena sin pagar por el servicio. Pero hay que considerar que el estudio que llevó a dicho hallazgo se enfocó en los servicios OTT, en otras palabras y simplificando, los que se valen de internet para llegar hasta el usuario final ¿Los investigadores consideraron y midieron zonas de difícil acceso y no cubiertas por las OTT en el territorio nacional para concluir que es tan bajo el consumo de la señal abierta radiodifundida? ¿Qué pasa, entonces, con todo el desaplique de la TDT? En esta última se ha hecho una importante inversión estatal.

 

Por otro lado, la suspicacia respecto a la justificación radica en que se propone meter en el mismo saco a la televisión abierta y la tv por suscripción a través de la regulación del medio, pero ojo, no en el sentido amplio como debería ser, sino en el que refiere a las “…relacionadas con la participación ciudadana y la protección y defensa del televidente con un enfoque de pluralismo informativo”.

 

El estudio es fruto de una adición a un contrato de 2022 con el Centro Nacional de Consultoría —que estudiaba los niveles de comprensión y análisis de los usuarios de las ‘telcos’

respecto del marco normativo, y de la distinta información a través de la cual se les da a conocer las condiciones de los servicios, sus obligaciones y los derechos— a ese objeto le encajaron la nueva necesidad, a partir de la metodología de investigación utilizada, indicando que era “pertinente contar con información robusta desde la perspectiva de los televidentes, que permitiera demostrar la existencia de problemas que ameritaran la adopción de nueva regulación…” Así las cosas, a un contrato para validar como está llegando la información a los usuarios le dejaron la responsabilidad de validar la necesidad de una regulación en el área audiovisual.   

 

 

Con algo de malabarismo académico se planteó como problema de investigación que: “las medidas actuales de protección al televidente y participación ciudadana no reflejan la evolución del sector para promover el pluralismo y la imparcialidad informativa…” y se propuso como objetivo general, actualizar la regulación vigente, siendo uno de los objetivos específicos: ”Incluir en el marco regulatorio medidas que propendan por fortalecer el pluralismo y la imparcialidad informativa, en defensa de los intereses del televidente y el control de contenidos”. 

 

El pluralismo y la imparcialidad ya están reglados en Colombia por la ley 182 del 95, pero el control de los contenidos deja un fuerte tufo a censura, más en un momento donde el presidente de la República se ha ido lanza en ristre contra los medios de comunicación. ¿Es esta la puerta de acceso —camuflada de legalidad— al control previo de los contenidos mediáticos que claman algunos de los enemigos de la libre información?

 

Nos vemos en la red (0)

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